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La Ley Filmus entrega los glaciares y la Cordillera

Lunes 26 de octubre de 2009, por RENACE (actualizado el 26 de octubre de 2009)   


La “Ley de presupuestos mínimos de protección de glaciares y del ambiente periglaciar”, aprobada por el Congreso el año pasado, había sido vetada por la presidente de la Nación. El senado argentino da media sanción ahora otro proyecto de ley a gusto de las corporaciones mineras. Filmus, Kirchner, Gioja, y otros, engendraron la entrega y saqueo de las altas cumbres a favor de las transnacionales extractivas.

Por Javier Rodríguez Pardo* y Enrique Matías Viale **

En virtud de la reciente media sanción por parte del Senado de la Nación del Proyecto de ley de “Presupuestos Mínimos de Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial”, impulsado por el senador Daniel Filmus, creemos pertinente advertir que la mega minería hidroquímica metalífera a cielo abierto con compuestos tóxicos y drenajes ácidos, contaría con la habilitación para intervenir libremente en todo el territorio de la cordillera andina, precordillera y estribaciones, incluyendo sus altas cumbres, cuna de las nacientes de ambas cuencas, la atlántica y la del pacífico. De sancionarse la ley, las corporaciones transnacionales contarían con una herramienta legal deliberadamente vaga, difusa y plagada de trampas, concebida por y para una actividad extractiva voraz y promiscua.

El proyecto con media sanción parece redactado por los directivos del emprendimiento binacional Pascua Lama, propiedad de la corporación canadiense Barrick Gold.

No resulta casual la confusa redacción del nuevo artículo 15° que se transforma en la llave para continuar desarrollando libremente la actividad minera, actualmente en ejecución, sobre lo que la propia ley supuestamente prohíbe. El proyecto con media sanción del Senado establece en este artículo que la Auditoria Ambiental sobre los emprendimientos actualmente funcionando se realice "en un plazo máximo de 180 días a partir de la culminación del inventario de cada jurisdicción..." La diferencia con la ley vetada es sustancial, atento que el plazo de 180 días para realizar la Auditoria Ambiental en la norma original empezaba a correr a partir de la sanción de la ley. Con la nueva redacción, la Auditoria Ambiental es facultativa de cada provincia, la que realizará el Inventario de Glaciares que la propia norma establece, pero sin plazos determinados para dicha labor. Es decir, que si una jurisdicción omite o retrasa realizar el Inventario de Glaciares tampoco se realizará la Auditoria Ambiental sobre los proyectos actualmente en ejecución. En suma, de convertirse en ley este proyecto terminaría de legitimar a los presentes emprendimientos mineros que afectan a glaciares y a ambientes periglaciares, justo a la medida de Pascua-Lama.

Este proyecto establece, a diferencia de la ley vetada, de la Diputada mandato cumplido Marta Maffei, que los glaciares también hay que preservarlos “para las actividades industriales”, con la felonía implícita de que "sirven y son necesarios" para la actividad industrial. Podrán captar nieve de los glaciares y convertirla en agua: no lo dice la ley, pero lo pueden hacer si la autoridad de aplicación considera que el glaciar no sufre impacto. En Chile es cosa frecuente, y obligó a ciertos senadores del país trasandino a no hablar de intangibilidad de los glaciares porque en ese país el agua que hay, para lixiviación o flotación en la minería del cobre, es de esos cuerpos de hielo que van derritiendo con esa finalidad, y ni siquiera lo ocultan. Hay documentos que seguramente Filmus no consultó al momento de justificar este proyecto de ley, que dan cuenta de la opinión de senadores chilenos admitiendo que la minera estatal, Codelco, interviene cientos de hectáreas con enorme masa glaciar que proveen de agua a la actividad extractiva, con ulterior perjuicio -presente y futuro- a millones de habitantes.

La “ley” Filmus elimina del artículo 2° la definición de “ambiente periglacial”, achicando notablemente el bien jurídico tutelado. Es decir, ya no se encuentra alcanzado por las disposiciones de la norma "el área de alta montaña con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico", como describía el proyecto original, dejando esta importante y vital superficie virtualmente sin protección y a merced de las corporaciones mineras.

La ley separa glaciares ocultos de glaciares de escombros, términos que a las corporaciones les permitirá decir, cuando lo requieran, a que categoría corresponde el glaciar eventualmente "tocado" o que habrán de intervenir. ¿Quien lo define, qué funcionario controla esas clasificaciones, las identifica? ¿Quien lo hará? Habría que preguntarle a Filmus. Tal vez gente del IANIGLIA tendría que establecerse en las altas cumbres de manera permanente supervisando de manera vigilante cada caso de exploración, prospección y explotación. Esto nos recuerda al control humano sobre los barcos de pesca que desaprensivamente arrojan la merluza muerta al mar porque prefieren cargar langostinos, explotación pesquera que siempre fue imposible de controlar con esa metodología.

El proyecto de ley Filmus se presta a interpretar como convenga las definiciones y clasificación morfológica que hacen sobre la información de los tres tipos de glaciares: descubiertos, cubiertos y de escombros. Esta deliberada complejidad terminológica, a diferencia de la ley vetada cuyas definiciones eran sencillas y precisas, terminará operando a favor de las mineras.

Las mineras podrán operar en las altas cumbres, ahora legitimadas. El proyecto de ley presente permite deambular por toda la cordillera con la actividad minera, tal como ya lo viene haciendo el bandidaje extractivo. Con las nuevas definiciones podrán explicar que no transitan glaciares ¿Quien se anima a decirles que intervinieron un glaciar? ¿Quien recorrerá las cien mil actividades detrás de cada una de sus máquinas, si para controlarlos se necesitaría un especialista pegado a cada uno de los operarios de Barrick Gold, por ejemplo?

Por su parte, el artículo 6º de la ley Filmus, intenta “prohibir las actividades que puedan afectar la condición natural de los cuerpos protegidos”. Que es como decirle a la minera que puede operar sin provocar las afectaciones señaladas (su condición natural). El artículo 6º dice que se prohíbe la exploración y explotación minera o hidrocarburífera. Pero ¿en qué condiciones? ¿De qué forma? Se trata de aquellas actividades que impliquen por ejemplo “trasladar glaciares, destruirlos o interferir en su avance.” Es decir, se prohíbe únicamente la actividad minera en los cuerpos protegidos definidos en un artículo, el 2º, que solo brinda definiciones.

Podrán decir que no intervienen “glaciares cubiertos: aquellos cuerpos de hielo perenne que poseen una cobertura detrítica o sedimentaria”. (Sólo del lado argentino de Veladero hay más de cuarenta de estos glaciares).

Por ello, desde un punto de vista estrictamente jurídico y para una efectiva protección de los glaciares y del ambiente periglacial, la posible sanción definitiva de este proyecto de ley resulta un insalvable escollo jurídico porque termina de legitimar las actividades actualmente en ejecución sobre las áreas que supuestamente protege. Es decir que resulta preferible, para eventuales acciones judiciales que busquen la protección de los glaciares y el ambiente periglacial, que no exista ninguna norma antes que la sancionada por el Senado.

De modo que podrá haber proyectos o actividades sobre glaciares y zonas de influencia. En la actualidad las mineras realizan tareas de exploración sobre los glaciares, prospectando yacimientos o buscando agua para su actividad.

La hipótesis que las actividades de la gran minería se desarrollen sobre glaciares o ambiente periglacial no es una presunción descabellada. Barrick iba a reventar tres glaciares chilenos que no los consideraba como tales sino cuerpos de hielo de no más de 20 años de antigüedad. Con ese criterio defendía su aberrante informe de impacto ambiental porque no “había intervenido glaciares sino cuerpos de hielo”. Con esta ley el camino le queda abierto (del lado argentino, al menos).

En la ocasión a la que hacemos referencia Barrick le terminó reconociendo al Consejo Regional de Medio Ambiente de Chile (COREMA) que los hielos intervenidos eran glaciares y que está dispuesta a perder una millonada de onzas de oro porque justamente hay metal abundante debajo de esos glaciares. Entonces hubo asesores del Estado chileno que le pidieron a la transnacional que utilice socavones debajo de los glaciares, mediante galerías, y que evite trabajar en la zona glaciar con el sistema a cielo abierto; Barrick contestó que "el proyecto Pascua Lama imposibilita utilizar minería subterránea." (Cosa que nosotros ya sabemos, largamente).

En síntesis, la ley Filmus se atribuye modificaciones técnicas -bajo solapa- superadoras de la ley vetada; sin embargo cumple aplicadamente con los deseos de las transnacionales mineras. Estamos convencidos que hay un fundamento ideológico que debe servir como base central para rechazar el proyecto del senador Filmus, ahora con media sanción. Este argumento es aquél que nos señala que consentir los cambios pretendidos a la letra de la ley original sería aceptar que los intereses particulares de las mineras transnacionales son superiores a los de la Nación toda. Sería admitir que los derechos individuales o comerciales de estas empresas son superiores al derecho esencial vinculado con la propia existencia del hombre, como lo es el Derecho Humano a un ambiente sano y equilibrado. También sería reconocer como legítimos los argumentos del veto, muchos de los cuales hemos señalado como falaces e inconstitucionales. Sería legitimar el espurio lobby de las mega-mineras representado por gobernadores, como el de San Juan, quien se ha convertido, en los hechos, en un servil empleado de la corporación Barrick Gold. En definitiva, sería aceptar que la mega-minería no sea sólo un paradigma de devastación ambiental y saqueo de nuestros bienes comunes naturales, sino también de devastación y saqueo institucional.

Buenos Aires, 26 de octubre de 2009

* MACH-RENACE. Unión de Asambleas Ciudadanas (UAC) (011)15-6748-5340 - machpatagonia@gmail.com

** Presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalista (AAdeAA) - (011) 15-51207518 enriqueviale@yahoo.com.ar

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4 Mensajes del foro

  • La Ley Filmus entrega los glaciares y la Cordillera 27 de octubre de 2009 11:58, por Lucía

    Saludos gente de RENACE. Me pongo en contacto con ustedes despues de haber leído la nota, y al respecto les consulto si tienen algun tipo de campaña o de proyecto para hacer oir la voz de quienes no la tienen, la gente que aún cree en que se puede tener un mundo mejor y que pretende conservar al medio ambiente. Con ésto quiero decir, presentarán alguna confrontacion a esta tan inmoral y avergonzante ley??. Desde ya, muchas gracias por su informacion y por el trabajo que realizan. Un afectuoso cariño. Lucía.

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    • La Ley Filmus entrega los glaciares y la Cordillera 27 de octubre de 2009 13:58, por Silvana

      ¿Quiénes son los asesores de nuestros diputados y senadores? ¿puede alguno de ellos seguir votando leyes en perjuicio de las sociedades futuras? ¿cabe alguna posibilidad de que si se sanciona esta ley pueda ser vetada por algún próximo congreso? No se da a conocer esta situación en los medios audiovisuales, y a la sociedad estos temas no les llegan, salvo por algunos programas como CQC o La Liga, o la película de Pino Solanas, que cuanta gente la fue a ver? Se hizo una estadística? Por que no se puede trabajar con la producción de algún noticiero para que tenga mayor difusión, tal vez, en TN Ecología, que una vez hizo un programa sobre la ley anterior que fue vetada, siempre insiste con la problemática de los glaciares, pero al estar en cable no es tan visto. . Si se pudiera llegar a los docentes con esta información habría alguna posibilidad de difundir este problema con mayor rapidez. La falta de educación en estas últimas generaciones por decisión política y por programas mediocres han logrado un desinterés por estos temas en general Estamos en un país donde la educación ocupa un lugar o escalafón muy bajo, creyendo que porque están dentro de las escuelas aprenden y no es así. La sociedad lo ha permitido, los padres lo han aceptado y es por eso que temas tan graves como estos no llegan a la comunidad. Todos nos preocupamos por el hoy, y no por las futuras generaciones.

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      • Que triste es ver la crítica vacía. Es lamentable que gente que pregunta si se puede vetar por "algún próximo congreso" no se tome el trabajo de leer el nuevo proyecto antes de opinar. Es verdad que ser critico es mas facil que decir, a ver qué puedo hacer para mejorar las cosas? Solo para información, les cuento que el actual texto tiene definiciones aportadas por el Dr. Villalba, cuenta con aportes de 3 ONG mediaticas (iba a poner de relevancia, pero no corresponde) y se hicieron debates públicos durante todo el año, en los que tuvimos la oportunidad de participar, aprender y aportar en vez de quedarnos con la necia postura del NO. Perdonen si me enojo, pero la verdad es que a veces priorizan cada cosas!!! No es muy importante que exista una ley protectora de glaciares?!! No es posible mejorar si nos quedamos diciendo "que horror el veto"! es mejor decir, ok hay veto, como lo solucionamos? No sé esa es mi postura, de ideales acompañados de gestión.

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        • La Ley Filmus entrega los glaciares y la Cordillera 27 de octubre de 2009 17:19, por OliverX

          Crítica vacía?

          Tu postura es clara, permitís esta nueva exacción al pueblo argentino. A las generaciones por venir y a todos aquellos que no participarán de las "utilidades" que se prentenden a partir de la minería a cielo abierto. Estás embelezado/a por el discurso demagógico peligroso del oficialismo.

          No se puede decir SI en este proyecto. Es un NO rotundo en contra de las peligrosísimas consecuencias que tiene el transformar para siempre la cuenca hídrica cordillerana.

          No se puede decir SI a un grupo empresario minero que no tiene otro objetivo que dejar daños irreparables para la región. Es una violación DIRECTA del artículo 41 de nuestra constitución.

          No hay crítica distinta a esta posible. ES UN NO GIGANTE. Todo intento diferente es faccioso, intencionado en favor de una minoría escrupulosa.

          BASTA DE FACCIONES. NECESITAMOS GOBIERNOS DE ARGENTINOS PARA LOS ARGENTINOS PARA LOS QUE LO HICIERON, PARA LOS QUE ESTÁN Y PARA LOS QUE VENDRÁN.

          BASTA DE FACCIONES, EL VETO ES CLARAMENTE UNA INTENCIÓN CORPORATIVA A FAVOR DE BARRICK.

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